PERMISO PROVISIONAL DE RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL
Podrá aplicar a este permiso el extranjero profesional, siempre y cuando dicha profesión no esté limitada por la Constitución de la República de Panamá o por naturalización (se verifica antes de que con el título del diploma le sea permitido ejercer en Panamá). Esta categoría migratoria otorga un carné provisional de 2 años, luego de que se cumple este periodo, el extranjero podrá solicitar la permanencia, presentando nuevamente todos los documentos abajo mencionados, con excepción del récord policivo y los cheques.
REQUISITOS:
EN CASO DE QUE LA SOLICITUD INCLUYA DEPENDIENTES, REQUERIREMOS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS