Residencia Permanente Convenio Italia

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Residencia Permanente Convenio Italia

A continuación, le detallo los requisitos para el proceso de residencia permanente mediante la categoría “LEYES ESPECIALES TRATADO DE AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN ENTRE LA
REPÚBLICA DE PANAMÁ Y LA REPÚBLICA DE ITALIA”. PERMISO DE RESIDENCIA PERMANENTE.

Podrá solicitar este permiso todo extranjero de nacionalidad italiana que deseen establecer su residencia indefinida en Panamá. Primero se obtiene un carné de trámite, luego de transcurridos estos seis (6) meses del carné de trámite el extranjero obtendrá el carné indefinido (permanente) emitido por Migración, una vez se obtiene el mencionado carné, queda a discreción del extranjero sobre si desea obtener la cédula panameña, o no. Nosotros recomendamos siempre obtener la cédula para temas de trámites legales, bancarios y naturalización. La obtención de la cédula es un trámite aparte, por ende, tiene honorarios separados.

Requisitos:

  • Poder y Solicitud
  • Cheque Certificado o de Gerencia por la suma de B/.250.00 a favor del Tesoro Nacional (para el solicitante principal y cada uno de los miembros de la familia)
  • Certificado de Antecedentes Penales del país donde ha residido durante los últimos
    dos años para todos los miembros de la familia mayores de 18 años. Todos los documentos expedidos en el exterior deben venir debidamente autenticado por el cónsul de Panamá en el país que los expide o por apostilla.
  • Cédula del país que emite el récord policivo y cédula Italiana
  • Siete (5) fotografías tamaño carné del principal y de cada dependiente.
  • Pasaporte original, con una validez mínima de seis meses y páginas disponibles.
  • Certificación bancaria o estado de cuenta que refleje un saldo no menor de cuatro
    (4) cifras medias.
  • Documento que demuestre la finalidad para establecer su residencia (actividad
    económica o profesional a realizar) – Inscripción de sociedad anónima.

EN CASO DE QUE LA SOLICITUD INCLUYA DEPENDIENTES, REQUERIREMOS LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS:

  • Firma de la carta de responsabilidad.
  • Certificado de Matrimonio, debidamente apostillado o autenticado por el cónsul de
    Panamá en el país emisor. Este documento tiene vigencia de 6 meses a partir de la
    expedición.
  • Certificado de Nacimiento de cada uno de los hijos debidamente apostillado o
    autenticado por el cónsul de Panamá en el país emisor.
  • Constancia de domicilio en Panamá.